Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Otorgar al Penado HERRERA SALAS LUIS MANUEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.761.069, Natural de Maracaibo Estado Zulia en fecha 02-06-1.961, de 46 años de edad, venezolano, soltero, Bachiller, Comerciante, hijo del Sr. Luis Alberto Herrera y la Sra. Esther Salas (D), con último domicilio en el Sector El Varillal, Barrio Andrés Eloy Blanco, Calle 99 C, Nro. 23-315; el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494, 495, 496, 497 Y 498 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto, notifíquese de las obligaciones impuestas al referido penado, por lo que deberá comparecer por ante este Despacho en fecha Martes 16 de Octubre de 2.007, a las 10:00 de la mañana; para que se.....