PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de CURATELA, iniciada por el ciudadano DANIEL JOSE CAMACARO ARRIAS, venezolano, mayor de edad, divorciado, portador de la cédula de identidad N° V-17.152.197, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
.
• SE DESIGNA COMO CURADORA AD HOC del niño (Se omite el nombre del niño, niña y/o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la lopnna), de diez (10) años de edad, a la ciudadana ANA ISABEL CAMACARO ARRIAS, venezolana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad N° V- 17.152.683, domiciliada en el Municipio Valmore Rodríguez d.....