Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado JHONNY ALBERTO BARROSO, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.002.163, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 28 años de edad, soltero, comerciante, hijo de Néstor Fernández y Ángela Barroso, residenciado en Residencias La Florida, Edificio Amazonas, Apartamento 5-B, EL REGIMEN ABIERTO como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 500 ejusdem, y se le destaca como lugar de residencia el Centro de Tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL ANTONIO OCHOA CASTRO". Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación al penado y remítase con oficio C.....