En consecuencia, por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley y conforme a lo dispuesto en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 229, 230, 233 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR LA PETICION EFECTUADA por el ABOG. AMERICO DE JESUS PALMAR, actuando en calidad de Defensor Publico del imputado ALFONSO SEGUNDO GONZALEZ a quien se le sigue causa, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana (SE OMITE NO.....