DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: Se deja sin efecto la contestación a la acusación interpuesta por la defensa técnica ABG. ROSA GONZALEZ; SEGUNDO: SE ADMITE la Acusación presentada por la FISCALIA 02° DEL MINISTERIO PUBLICO en contra del ciudadano YINO ENRIQUE VILLALOBOS CASTILLO, JONATHAN DE JESUS EPIAYU EPIAYU y LIM GUILLERMO GONZALEZ GONZALEZ por la presunta comisión del delito de AMENAZA Y VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en los articulo 41 Y 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el articulo 80 del Código penal, cometido en perjuicio de la ciudadana GRISELDA ORBELIS GONZA.....