este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la Falta de Cualidad alegada por la empresa demandada SALON DE BELLEZA CARITAS C.A. para sostener este juicio.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana FLOR ADRIANA RONDON FLORES, en contra de la Empresa SALON DE BELLEZA CARITAS C.A. ambas partes debidamente identificadas.-
TERCERO: Se condena a la Empresa SALON DE BELLEZA CARITAS C.A. pagar a la actora los siguientes conceptos: Antigüedad conforme al articulo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, le corresponde 127 días, Vacaciones y Bono Vacacional 2008-2009; 2009-2010 y Vacaciones Fraccionadas, conforme al articulo 219 y 223 de la Ley Orgánica del Trabajo; le corresponde 54,67 días, Utilidades 2008, 2009 y Utilidades Fraccionadas de conformidad con los .....