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Decisiones del dia 31/10/2011 |
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N° Expediente :
3575
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N° Sentencia :
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Fecha: 31/10/2011 |
Procedimiento: Resolución De Contrato De Venta. Reserva Dominio |
Partes: BANCO DE VENEZUELA, S.A, BANCO UNIVERSAL VS SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS GAMIQUESO, C.A |
Resumen:
En el caso de autos, la parte actora en el presente Juicio consigna junto a su libelo de demanda, Contrato de Venta con Reserva de Dominio, sin embargo, no ofrece garantía alguna a los fines de dar cumplimiento a la disposición anteriormente transcrita y como consecuencia de ello, no se encuentran llenos los extremos establecidos en el articulo 22 de la Ley de Ventas con Reserva de Dominio, a los fines del decreto de la medida de secuestro solicitada, NEGÁNDOSE la misma, y así se decide.-
Sin embargo, esta Juzgadora entiende la necesidad de la parte actora de obtener el decreto de la Medida peticionada, y en aras de cumplir con los extremos exigidos en la norma que regula el caso planteado, este Tribunal, insta a la parte demandante a constituir garantía hasta cubrir la suma de DOSCIENTO TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON DIECINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 235.00,00), a fin de asegurar al demandado el pago de los daños y prejuicios y la devolución de la cosa vendida u otra equivalente al deman.....
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Juez/Ponente:
Odielys Herde Marcano
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Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Maturín
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N° Expediente :
3573
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N° Sentencia :
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Fecha: 31/10/2011 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Venta Con Reserva De Dom |
Partes: BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL VS "CONSTRUCTORA EDEYMAR, C.A." |
Resumen:
En el caso de autos, la parte actora en el presente Juicio consigna junto a su libelo de demanda, Contrato de Venta con Reserva de Dominio, sin embargo, no ofrece garantía alguna a los fines de dar cumplimiento a la disposición anteriormente transcrita y como consecuencia de ello, no se encuentran llenos los extremos establecidos en el articulo 22 de la Ley de Ventas con Reserva de Dominio, a los fines del decreto de la medida de secuestro solicitada, NEGÁNDOSE la misma, y así se decide.-
Sin embargo, esta Juzgadora entiende la necesidad de la parte actora de obtener el decreto de la Medida peticionada, y en aras de cumplir con los extremos exigidos en la norma que regula el caso planteado, este Tribunal, insta a la parte demandante a constituir garantía hasta cubrir la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 559.000,00), a fin de asegurar al demandado el pago de los daños y prejuicios y la devolución de la cosa vendida u otra equivalente al demandado, en caso de no.....
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Juez/Ponente:
Odielys Herde Marcano
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Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Maturín
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