Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por la ciudadana LEDYS SIMANCAS DE MORILLO en contra del ciudadano JAIRO TRINO FERNÁNDEZ, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales, por no encontrarse llenos los extremos de Ley. En consecuencia, se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Se mantiene en vigencia la relación contractual entre la ciudadana LEDYS SIMANCAS DE MORILLO y el ciudadano JAIRO TRINO FERNÁNDEZ, suscrito en fecha 24 de agosto de 2005, ante la Notaría Pública Séptima de Maracaibo, quedando anotado bajo el Nº 76, tomo 90, sobre el inmueble constituido por una casa ubicada en la avenida 14 con calle 88, en juri.....