Por las consideraciones que anteceden, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Zulia, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con lugar el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana profesional del derecho DAIANA BEATRIZ VEGA COREA, actuando en este acto con el carácter de Fiscal Auxiliar Décima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 21 de julio de 2004, mediante la cual se acordó medida cautelar sustitutiva a la privación de la libertad, de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en .....