PRIMERO: Sin Lugar la apelación interpuesta en fecha 27 de junio de 2005, por el abogado Guillermo González, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos Uvenal del Carmen Noguera Vargas, y Ligia Margarita Pirela de Noguera, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 09 de mayo de 2005, en el juicio de Resolución de Contrato de Arrendamiento y Daños y Perjuicios, seguido por la ciudadana Ana Josefa Ferrer de Araujo, en contra de los ciudadanos Uvenal del Carmen Noguera Vargas, y Ligia Margarita Pirela de Noguera, todos anteriormente identificados.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD de todas las actuaciones posteriores a la consignación del Acta de Defunción, esto es, 28 de febrero de 2000 y en consecuencia SE REPONE LA CAUSA a los fines de que se paralice el juicio, y se cumpla con el trámite de la citación de los herederos conocidos y desconocidos del decujus en acatamie.....