Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA la transacción suscrita entre los ciudadanos JOSÉ DE LOS SANTOS URRIETA PERDOMO, con el carácter de parte demandante, y NELSON BRICEÑO, obrando con el carácter de parte demandada, ambos con asistencia de abogado, la pasa en autoridad de Cosa Juzgada y archiva el presente expediente. Así se Decide.-