Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión que por prescripción adquisitiva, ha intentado el ciudadano Carlos Gilberto Pulgar, en contra de la ciudadana María Antonia Sánchez Gori, por las razones antes expuestas.
SEGUNDO: se condena en costas a la parte demandante, por cuanto hubo vencimiento total, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.