Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal solicitado en el juicio que por ACCIDENTE DE TRANSITO intentara el ciudadano GREGORIO EDUARDO LEAL PACHECO, en contra de la sociedad Mercantil BOMDECO, S.A., identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa la presente transacción, dándole el carácter de cosa juzgada, ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas y el archivo del expediente.-
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de una transacción entre las partes,, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.