DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, sobre Un (01) inmueble constituido por un Apartamento signado con las siglas 4D, cuarto piso en RESIDENCIAS LUXUS I, ubicado en la avenida 3F, con calles 85 y 86, en jurisdicción de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Autónomo Maracaibo, del estado Zulia, el cual tiene un área de construcción aproximada de CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS (114 Mts2), el referido apartamento 4D, tiene los siguientes linderos: NORTE: Parte con apartamento 4C y parte con Hall de llegada de los ascensores y área de acceso a los apartamentos; SUR: Fachada sur del edificio; ESTE: Fachada este del edificio; y OESTE: Con el apartamento 4E. El cual se encuentra protocoli.....