DISPOSITIVO
En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara INADMISIBLE la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana DAISY JOSEFINA BRAVO DE FINOL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 10.676.296, asistida por el
abogado en ejercicio LUIS PAZ CAIZEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.540, en virtud de no encontrarse firmada la misma. ASÍ SE DECIDE.-
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del asunto.