Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Nro. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO la decisión Nro. 583-16, dictada en fecha 28 de Julio de 2016, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia estadal con Competencia municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se decreto el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano OMAR DARIO PACHANO, titular de la cedula de identidad Nro V.- 9.749.730, por la presunta comision de los delitos de PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado 54 de la Ley Contra la Corrupción y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286 del Código Penal en perjuicio del Instituto de Control y la Conservación de la Cuenca del Lago de Maracaibo (I.C.L.A.M), de conformidad con lo establecido en el articulo 300, numeral 4 del Código Organico.....