este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN LOS DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA, el ABANDONO DE LA DEFENSA del ciudadano LEONARDO ENRIQUE PINEDA CAMACHO, correspondiente al ciudadano ABG. WILLIAM SIMANCA ROJAS, con fundamento en la norma establecida en la parte in fine del artículo 145 de la Ley Adjetiva Penal. SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Coordinación de la Defensa Publica del estado Zulia a los fines de que designe un defensor Público o defensora Pública que asista al acusado LEONARDO ENRIQUE PINEDA CAMACHO, en la presente causa. TERCERO: Se acuerda librar boletas de notificaciones a las partes, a los fines de que se den por notificado de la presente Decisión.