IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición planteada por el abogado LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA en su condición de apoderado de la parte demandada Sociedad Mercantil "HIELO REY, C.A" en contra de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar de la posesión que ejerce la actora "INVERSIONES OASIS C.A.", sobre un lote de terreno ubicado en el sector Guacuco, Municipio Arismendi del estado Bolivariano de Nueva Esparta decretada en fecha 28.06.2016.