DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano: MARIA CONCEPCION PAZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 08-12-1950, de 63 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio ganadería, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.625.761, Hijo de DIONICIOA PAZ (difunta) y ABRAHÁN PAZ LUENGO, residenciada avenida principal ciudad de la faria edificio el valle apartamento PBC, Telf. 0424-683-1293, 0261-747-2556, Maracaibo Estado Zulia; por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 7 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y en consecuencia deberá presentarse periódicamente cada TREINTA (30) DÍAS ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Penal del Estado Zulia, y la prohibición expresa de salida del país sin la autorización de este Tribunal, todo de conformidad con lo previsto en .....