En razón de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA con lugar la solicitud interpuesta por la ciudadana DOMENICA SCIORTINO FINOL, plenamente identificada en aparte anterior, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa TRANSPORTE SANTA BARBARA, C.A., y por vía de consecuencia, acuerda la entrega en calidad de deposito del vehículo MARCA: FABRICACION EXTRANJERA, MODELO OHIO, TIPO CAVA, CLASE SEMI REMOLQUE, COLOR BLANCO, USO CARGA, AÑO 1972, SERIAL DE CARRORCERÍA FRP2999, placa 363 XHP. Por lo tanto, el ciudadano MIGUEL ANGEL CARRILLO, titular de la cédula de identidad N° V-6.001.583, en su condición de representante legal de la prenombrada empresa, deberá comprometerse en acta por separ.....