DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado entre la parte demandante S.M. FERRETERÍA BERNARDO MORILLO, COMPAÑÍA ANÓNIMA, inscrita ante el Registro de Comercio que era llevado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, el 19 de diciembre de 1968, Nº 181, paginas 773 al 775, tomo 27, con modificación estatutaria ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 1 de febrero de 1977, Nº 25, tomo 7-A, de este domicilio, representado legalmente por l.....