Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EXHORTA al Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, para que notifique al penado JHONNY ALFREDO VALLERA RONDON, del cómputo con Redención de pena elaborado por este Tribunal en fecha 18-03-05, de conformidad con lo establecido en el articulo 481 del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 3º., en consecuencia remítase copia certificada de esta decisión y del cómputo con Redención de pena al mencionado Juzgado. Regístrese y ofíciese.