Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación del convenimiento celebrado en fecha treinta (30) de enero de 2.008, entre COOPERATIVA INTEGRAL DE INGENIERÍA ZULIANA, R.S. (COINTEIN-ZULIANA), representada en la persona del ciudadano HELI TREMONT, debidamente asistido por las abogadas, ciudadanas NAILA ANDRADE e IDALIA CHAVEZ, por una parte, y por la otra, la profesional del derecho, la apoderada judicial de la parte actora, ciudadana NUVIA ÁVILA ANGARITA, ambas partes plenamente identificadas en autos, se da por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Asimismo, este Tribunal ordena expedir las copias certificadas .....