como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la de cujus AMAIRA MARTINEZ CARRUYO al ciudadano, LUÍS BAUTISTA FARIA MARTÍNEZ, antes identificado, en sus condición de hijo sobreviviente.
Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas.
Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial del Estado Zulia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Désele copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los treinta (30) días del mes de noviembre de 2017. Años: 206° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Juez Provisoria,
FDO La Secretaria.....