Este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO en el juicio que por cobro de DIFERENCIA SALARIAL tiene incoado el ciudadano PEDRO CAMARILLO, en contra de Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES ARTURO, C.A. (REPATCA), todos plenamente identificados en las actas procesales. En consecuencia, EXTINGUIDA la causa. Así se decide.-