Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Declaro: ADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad.
IMPROCEDENTE, la Medida Cautelar de suspensión de efectos solicitada.