DECRETA: PRIMERO: Seguir la presente causa por los tramites del procedimiento ordinario, conforme al articulo 551 Y 560 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Decreta la DETENCIÓN PREVENTIVA al Adolescente Imputado (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE POR CONFIDENCIALIDAD) , de conformidad con el articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para asegurar la comparencia del adolescente antes mencionado a la Audiencia Preliminar y demás actos del proceso, ya que si bien la defensa solicita la medida cautelares, previstas en los literales "c" y "f" del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, basándose que el adolescente se encuentra estudiando, también es cierto que el adolescente imputado (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE POR CONFIDENCIALIDAD) , sometido al sistema penal de responsabilidad del adolescente no ha ofrecido suficientes garantías a la defensa, .....