En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus ANA MARIA CUBILLAN DE PAZ, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.779.922, y de este mismo domicilio, fallecida ab-intestato el día veintisiete (27) de Enero de 2009, en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a su cónyuge ciudadano JOSÉ MARIA PAZ MONTIEL y a sus dos (2) hijos ciudadanos: HELEN BEATRIZ PAZ CUBILLAN y JOSÉ JAVIER PAZ CUBILLAN, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse su original, instando a la parte solicitante a consignar la.....