Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, Ordena:
En forma sumaria al Registrador Principal y al Jefe Civil del Municipio Cabimas, ambos del Estado Zulia, hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento inserta bajo el N° 1774, Libro N° 4, del año 1.972, correspondiente a la Ciudadana YNDRID ELISA MENDEZ GRANADILLO, ya identificada, a fin de que se escriba correctamente su nombre, de la siguiente manera: Donde se lee: "...INGRID...." debe leerse: "...YNGRID...". Así se decide.-