DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por la sociedad mercantil SALSA Y MORDISCO NORTE, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 21 de diciembre de 2018, bajo el No. 30, Tomo 177-A 485, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia., Asistido por la abogada en ejercicio GABRIELA ANDREINA ESCALONA BARRIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 32.010, de este domicilio, contra el Tribunal Sexto de Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con .....