Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos JECKSICA CAROLINA URDANETA FUENMAYOR y JEAN PIERRE GUANIPA SANTAMARÍA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día cinco (05) de octubre de 2007, ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Antonio Borjas Romero del Municipio Maracaibo del estado Zulia, hoy Oficina Parroquial de Registro Civil Antonio Borjas Romero del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según Acta de Matrimonio signada con el N° 249.
Según manifestación expresa de los cónyuges durante la vigencia matrimonial no procrearon hijos, ni bienes.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada .....