PRIMERO: Se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente asunto intentado por la Sociedad Mercantil SUMINISTRO DE PERSONAL, C.A. (SUMIPECA,C.A.), Acto Administrativo de efectos particulares, consistente en Providencia Numero: 00003/12, de fecha nueve (09) de enero de 2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, sede General Rafael Urdaneta, mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana MARÍA ALEJANDRA GARCÍA SERRANO, en el expediente Numero: 059-2011-01-00173.
SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Sociedad Mercantil SUMINISTRO DE PERSONAL, C.A. (SUMIPECA,C.A.), y al ciudadano Inspector del Trabajo Jefe de la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, sede General Rafael Urdaneta y a la Procuraduría General de la República de conformidad con el articulo 97 de la Ley que rige la materia.