En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley imparte su aprobación, homologación y ordena tenerlo como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Quedando en trámite y fase de mediación la presente causa contentiva de su reclamo, solo en lo que respecta al beneficio de alimentación, suficientemente explanado en el escrito libelar