Por los fundamentos expuestos este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO incoara el ciudadano JEAN CARLOS LUGO BARRAZA contra los ciudadanos ORLANDO LUGO y FANNY ESTHER BARRAZA DE LUGO, ambas partes plenamente identificadas en la narrativa de la presente sentencia. En consecuencia, se ordena la inserción del presente fallo en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y el libro duplicado llevado por el Registro Principal Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a fin de que las mismas se tengan como las actas de nacimiento del ciudadano JEAN CARLOS LUGO BARRAZA, nacido el día veintidós (22) de noviembre de 1980.....