Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, en el juicio que por DECLARACIÓN DE CONCUBINATO, fue incoada por la ciudadana LEIDY MARIANA ESCORCIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.016.941, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia en contra del ciudadano YUSERLY AGAPITO LOPEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.590.770, domiciliado en Colombia DECLARA:
ÚNICO: INADMISIBLE la demanda de DECLARACIÓN DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana LEIDY MARIANA ESCORCIA RODRIGUEZ, en contra del ciudadano YUSERLY AGAPITO LOPEZ DIAZ, todos antes identificados, en virtud de haberse evidenciado la PÉRDIDA O DECAIMIENTO DEL INTERÉS PROCESAL.
No hay condenatoria en co.....