Por los fundamentos expuestos con anterioridad, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de EJECUCIÓN DE CREDITO FISCAL, intentado por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y ADUANERA (SENIAT), contra la Sucesión de CECILIA BELEÑO DE PAPIRI, representada por los ciudadanos GIANCARLO PAPIRI RICCI, RAMON SEGUNDO, ANA ELVIRA, LUZ MARINA, GIANCARLO JOSÉ, JANETT CECILIA Y LUIS ENRIQUE PAPIRI BELEÑO, todos plenamente identificados en actas.-
• NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Procedimiento Civil.