PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA, interpuesta por la KARINA DEL VALLE EULACIO , venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.251.943 domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en contra de la parte demandada UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA DOMINGO SAVIO , domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES , por ser improcedente la tramitación de una misma pretensión en dos asuntos , donde existen los mismos sujetos en las mismas condiciones de demandante y demandado, el mismo objeto y la misma causa , en dos causa o asun.....