III.- Por los fundamentos antes expuestos:
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos DERCY JOSEFINA PIRELA DE RODRIGUEZ y JESUS ENRIQUE RODRIGUEZ BENCOMO, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 21 de julio del 2000, por ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, Acta No. 174.-
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que durante la unión matrimonial no procrearon hijos. Igualmente manifestaron que adquirieron bienes.-