PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de reposición de la causa efectuada por la parte demandada, mediante escrito presentado en fecha 14 de abril de 2010, en el juicio que sigue el ciudadano NEMECIO ANTONIO TERÁN PALOMARES en contra del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: SE ORDENA la reposición de la presente causa al estado de que el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, al cual por distribución corresponda, fije nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, sin necesidad de notificar a las partes intervinientes en el presente asunto, por encontrarse a derecho. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. CUARTO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de lo aquí decidido mediante oficio acompañado de copia certi.....