PRIMERO: Seguir la presente causa por los tramites del Procedimiento Ordinario, conforme a los artículos 551 y 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Decreta para el Adolescente imputado NOMBRE OMITIDO. ART 545 DE LA LOPNNA),, la Medida Cautelar menos gravosa, prevista en los literales "b" y "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, la del literal "b" relativa, a la obligación del adolescente de someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal la ciudadana JOSEFA ROMERO y la del literal "c" relativa, a la obligación del adolescente de presentarse periódicamente por ante la Oficina de Presentación de imputado CADA CUARENTA Y CINCO (45) DIAS, comenzando a partir del día Lunes cuatro (04) de Octubre de 2.010, debe presentar una constancia de reiniciar sus estudios en el lapso de 45 días, aprovechando todas las alternativas que ofrece el gobierno para estudiar, medida esta que se decretan mientras dure la .....