Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE LA CAUTELA SUSTITUYENTE de la medida de prohibición de enajenar y gravar, dictada en actas. Así se Decide.-