D E C I S I Ó N:
Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se SUSPENDEN LA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada sobre el TREINTA POR CIENTO (30%), del salario integral mensual, así como también sobre el TREINTA POR CIENTO (30%), Utilidades y Liquidas de fin de Año y de Bono Vacacional del año 2.013, que le corresponden al ciudadano JAIRO JOSE DAZA WATHS, identificado plenamente en actas, como trabajador de la Empresa P.D.V.S.A. Petróleos S.A., ejecutadas según acta de embargo de fecha 13 de Diciembre de 2.013, en el juicio de ALIMENTOS seguido por la ciudadana LEANYS DEL CARMEN GONZÁLEZ en contra del ciudadano JAIRO JOSE DAZA WATHS, anteriormente identificados.-
SEGUNDO: Se ordena hacer las participaciones de ley a la EMPRESA P......