Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
a) CON LUGAR la solicitud de conversión de Separación de Cuerpos y bienes en Divorcio solicitada por los ciudadanos JOSE GABRIEL CASTILLO GUTIERREZ Y ELIZABETH NOHEMI SILVA ROSILLON, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V- 15.736.827 Y V- 14.474.661, respectivamente.-
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante la Registradora Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, el día once (11) de agosto del año dos mil cinco (2005) según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 61, expedida por la mencionada autoridad.-
c) Se homologan los acuerdos .....