Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del Recurso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano Hoine Segundo Guillén Gutiérrez.
SEGUNDO: INADMISIBLE por operar la CADUCIDAD el presente el recurso contencioso administrativo funcionarial, ejercido por el ciudadano Hoine Segundo Guillén Gutiérrez, titular de la cedula de identidad Nº V-15.561.222, contra el Instituto Autónomo Policía del Municipio Maracaibo, con fundamento a lo establecido en el artículo 94 de la Ley sobre el Estatuto de la Función Pública.
TERCERO: NOTIFICAR al Sindico Procurador del Municipio Maracaibo del Estado Zulia de la presente decisión, conforme a lo establecido en el articulo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.