Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos LUIS ALBERTO CONTRERAS RINCON y MAYLIN DEL VALLE CARDONA VALLEJOS, en fecha cinco (05) de septiembre del año dos mil ocho (2008), por ante el Jefe Civil y Secretario, respectivamente, de la Parroquia Cecilio Acosta, del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el Nº 230, acompañada a los autos en copia certificada.