Por los motivos anteriores expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño García, Villalba, Tubores y Península de Macano de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio realizada por los ciudadanos Alberto Solórzano Pérez y Jisselle del Jesús Caraballo Salazar, titulares de las cedulas de identidad Nº V-15.643.970 y V- 19.318.701, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, en virtud del matrimonio civil celebrado por ante el la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño del Estado de Nueva Esparta, en fecha, 05 de Febrero del año Dos Mil Diez (2.010).