En virtud de los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Consumado el Desistimiento del Procedimiento, en el juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, seguido por la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA DE CAUCHOS INDUSTRIALES DICAINCA, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil TIRE EXPRESS ZULIA, C.A., ambas identifica¬das en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente acto y se le da el carácter de Cosa Juzgada. Asimismo, se declara terminado el presente juicio, se suspende la medida preventiva de embargo decretada el día primero (1°) de abril de 2013, y el archivo del expediente.