Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Se decreta medida de EMBARGO sobre bienes muebles propiedad del demandado, ciudadano ERVIN RAMON PIÑA CHIRINOS, hasta cubrir el doble del monto demandado, es decir, la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,00), o hasta la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000.00), si la medida recayera sobre cantidades liquidas de dinero propiedad del demandado, dejando a salvo los derechos de terceros. Las cantidades de dinero retenidas deberán ser remitidas a este Tribunal en CHEQUE DE GERENCIA a su nombre.
SEGUNDO: Para la Ejecución de las medidas antes mencionadas, se comisiona al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de la Circunscripción J.....