Seguir la presente causa por los tramites del Procedimiento Especial por Flagrancia, por encontrarse llenos los extremos del articulo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta para los Adolescentes imputados PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD,, la Medida Cautelar menos gravosa, prevista en el articulo 582 del literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, relativa a la obligación del adolescente de presentarse periódicamente por ante la Oficina de Presentación de imputado UNA VEZ CADA SESENTA (60) DIAS, comenzando el día LUNES, 02 DE AGOSTO DE 2010 A PARTIR DE LAS 8:30 DE LA MAÑANA y formando parte de esta obligación el adolescente PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD, debe presentar constancia de estudio en su primera presentación, así como también el PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD, debe presentar constancia de estudio en cada presentación, .....