Por los fundamentos antes expuestos: Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JULIO JOSE VILLALOBOS FERNANDEZ y DIANIS BETIZ GONZALEZ, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 21 de junio de 1961, por ante el Prefecto y Secretario respectivamente del Municipio Cacique Mara del Distrito, ahora Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, Acta Nro. 237.
Se deja constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que procrearon 2 hijas que llevan por nombres IDA CIRA E ISABEL COROMOTO VILLALOBOS GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números V- 7.720.461 y V- 7.830.945, asimismo, manifestaron que durante su unión matrimonial n.....